| a) Gastos antes de que nos concedan
el prestamo:
La entidad financiera efectuará una
tasación del piso o local que se pretenden hipotecar,
mandando a un tasador y solicitará una Nota al Registro
de la Propiedad para comprobar que no existen cargas en el
inmueble que se pretende hipotecar. Los gastos de estos trámites
han de ser abonados, si se han efectuado, aunque finalmente
no se llegue a conceder el préstamo. Todo ello tiene
que venir detallado en el folleto informativo del banco. Estos
gastos rondan los 200 euros dependiendo en parte del valor
del inmueble.
b: ) Gastos al concedernos el prestamo:
- Comisión de apertura: en torno al
1% del capital prestado (segun lo pactado). La entidad la
deduce directamente del dinero que entrega al prestatario.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados:
su cuantía es el resultado de aplicar el 0,5% a la
cantidad total garantizada (no al préstamo, sino a
todo lo garantizado, que es préstamo, intereses y costas).
Aproximadamente llega al 1% del capital.
- Notaria y Registro Propiedad: Son los aranceles
oficiales que nos facturarán estos profesionales. Su cuantía
depende directamente del capital de la hipoteca. Aproximadamente
pueden ser 1.000 euros para una vivienda.
- Gastos de gestoria: la escritura, una vez
firmada, se presenta en las oficinas de Hacienda para liquidar
el impuesto citado anteriormente, y después se presenta
en el Registro de la Propiedad correspondiente para su inscripción.
La tramitación, normalmente, la va a realizar una gestoria
del Banco puesto que sino no entrega el dinero hasta que esté
inscrita. Previamente tenemos que saber cuanto nos costará
esta gestión pues se dan muchos casos de abuso, un
precio normal está en torno a los 150 euros y puede
variar según la ciudad.
Estos gastos son independientes de la compra
de la vivienda, son los gastos por solicitar la hipoteca.
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